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Cuadernos • - 2004
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BREVES NOTAS SOBRE UN LIBRO IMPRESCINDIBLE: "URBANISMO Y TERRITORIO EN ANDALUCÍA" DE D. VENANCIO GUTIÉRREZ COLOMINAÁngel Cabral González-Sicilia.
Abogado -bufete Génova-,
secretario de la Agrupación de Técnicos Urbanistas de
Andalucía. |
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Vamos a analizar un importante libro de D. Venancio Gutiérrez Colomina, titulado "Urbanismo y Territorio en Andalucía" (2ª Edición), publicado por la editorial Aranzadi. Si bien antes de entrar en el análisis del libro, es merecido destacar que este autor es el Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Sevilla, Doctor en Derecho (por la Universidad de Granada), Licenciado en Ciencias Políticas (por la Universidad Complu-tense de Madrid), Licenciado en Ciencias Sociológicas (asimismo por la Universidad Complutense de Madrid), Profesor de Derecho Admi-nistrativo en la Facultad de Econó-micas y Empresariales y en la Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga, Profesor Colaborador en la Facultad de Derecho de la Universidad de Sevilla, ha sido Gerente Municipal de Urbanismo y Secretario del Excmo. Ayuntamiento de Málaga, ha sido Secretario General Técnico de la Consejería de Trabajo de la Junta de Andalucía, ponente de diversos Másters, Cursos y Seminarios en toda España, y con un gran elenco de publicaciones. Una vez posicionados, podemos comenzar a comentar el indicado libro centrándonos en las novedades del mismo. La primera edición de esta obra, tuvo como finalidad ofrecer un instrumento de consulta práctico y básico a los profesionales del urbanismo, que les ayudara a aplicar la legislación vigente en Andalucía como consecuencia de la Sentencia del Tribunal Constitucional número 61/1997, que puso fin al Texto Refundido de 1992, de la promulgación de las leyes 1/1997, de 18 de junio de Andalucía (conocida como "ley puente") y de la ley estatal 6/1998, de 13 de abril, sobre régimen del Suelo y Valoraciones. En esta segunda edición, se ha producido una restructuración de la sistemática del libro motivada por la publicación de la Ley número 7/2.002, de 17 de diciembre, de Ordenación Urbanística de Andalucía (en adelante LOUA) que produce, junto a la legislación del Estado, el cierre del sistema urbanístico andaluz y pone fin al sistema provisional instaurado en Andalucía por la llamada "ley puente". El primer capítulo, está dedicado, al igual que en la primera edición, a la legislación sectorial y ordenación del territorio; pero se ha ampliado notablemente incluyendo, ex novo, el estudio de la Ley de Carreteras, la de Transporte de Mercancías y Urbano, la de Prevención y Lucha sobre los Incendios Forestales, la importante modificación de la Ley de Comercio, la Ley de Turismo, la de Deporte, la Ley de Bienes, etc. Contiene, igualmente, una reflexión sobre en qué medida se han incorporado a la LOUA las bases de "Lege Ferenda" que se habían propuesto en la primera edición. El segundo capítulo se destina al estudio de la legislación del Estado básica y supletoria, incorporando el análisis de las modificaciones introducidas por el Real Decreto-Ley número 4/2000, el impacto que ha tenido la Sentencia del Tribunal Constitucional número 164/2001, de 11 de julio, así como las últimas modificaciones normativas, a través de la Ley número 10/2003, de 20 de mayo, de medidas urgentes de liberalización en el sector inmobiliario. También se hace una referencia a la situación del resto de las Comunidades Autónomas. El tercer capítulo es totalmente nuevo. Hace un análisis minucioso de los principios y objetivos de la LOUA, de la Ordenación urbanística, del Régimen del Suelo, de la Ejecución del Planeamiento y de las instituciones urbanísticas destinadas a la protección de la ciudad existente (Centro Histórico y Ensanche). Destaca, especialmente, el estudio del Suelo No Urbanizable, donde se resaltan los problemas que suscita la regulación de la función residencial. En concreto, el endurecimiento de los requisitos para la construcción de vivienda unifamiliar aislada, que va a poner fin al desarrollo de este tipo de vivienda en determinadas comarcas rurales como la Axarquía, Las Alpujarras o el Poniente Almeriense, ya que se exige la vinculación a un destino relacionado con fines agrícolas, forestales o ganaderos, confundiendo este tipo de viviendas con la relacionada, funcionalmente, con una explotación agrícola, que puede autorizarse sin necesidad de Proyecto de Actuación. También se refiere el autor a la regulación del núcleo rural -bajo la denominación de hábitat rural diseminado- destacando que, aun siendo novedosa, presenta notables carencias, no resolviendo, entre otras cosas, el mecanismo para la dotación de las infraestructuras básicas de este hábitat rural. En cuanto al Suelo Urbano, se pone de relieve la indeterminación de los conceptos de suelo urbano "consolidado" o "no consolidado" y la falta de regulación de las pequeñas cesiones, como consecuencia de la alineación del solar en el suelo urbano "consolidado". Se dedica un especial estudio al Patrimonio Municipal del Suelo, ofreciendo algunas soluciones para resolver la posible contradicción entre la legislación básica y la andaluza que ha abierto el destino de los ingresos del Patrimonio Municipal del Suelo, permitiendo que se puedan destinar a la ejecución de actuaciones públicas o al fomento de las privadas en la ciudad consolidada. Se mantiene el carácter inembargable del Patrimonio Público del Suelo frente a otras posiciones doctrinales. El cuarto capítulo se emplea, en su primera parte, a la Disciplina Medioambiental y recoge, en la segunda, como novedad, un estudio detallado de la Disciplina Urbanística en la LOUA, analizándola desde su perspectiva más amplia, incluyendo el estudio de las licencias urbanísticas, la inspección, la protección de la legalidad y la potestad sancionadora. El autor recoge la nueva doctrina jurisprudencial del Tribunal Superior de Justicia de Valencia, en sus Sentencias de 2 de febrero y 14 de septiembre de 2001, en relación con el valor positivo del silencio, incluso en caso de disconformidad a derecho del proyecto objeto de licencia. Estableciendo que sólo se puede alcanzar la nulidad de esta licencia, a través de un procedimiento de revisión de oficio. Recalca, igualmente, que los Juzgados de lo Contencioso de Andalucía están recogiendo, en algunas Sentencias, esta nueva doctrina del silencio de las licencias. En definitiva, estamos ante un auténtico manual del Urbanismo de Andalucía, donde tienen cabida, con un sentido práctico y actual, la regulación urbanística estatal y autonómica, así como la legislación sectorial de nuestra Comunidad Autónoma; un libro de consulta que nos parece de un gran interés que estimamos imprescindible para todos los profesionales que se dedican al urbanismo porque, debido a la formación y profesión del autor, aborda la solución de los problemas más usuales que se pueden dar en la práctica diaria de la gestión del urbanismo en Andalucía. |
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