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En Febrero de 2005, el Pleno de la Diputación Provincial de Málaga, nombraba, por unanimidad, la figura del Defensor del Ciudadano/a, con ésta decisión se ponía en funcionamiento una Institución de defensa de la ciudadanía frente a los actos administrativos de la propia Administración provincial, dotando a éstos de un instrumento ágil y eficaz para hacer llegar las quejas, reclamaciones y sugerencias y obtener una pronta respuesta.
El Defensor del Pueblo (aunque no siempre con éste nombre) es una figura muy extendida entre los sistemas democráticos actuales, su origen hay que buscarlo en la Europa de 1809, concretamente en Suecia y bajo la denominación de “ombudsman” (mediador), aunque su mayor expansión se produce a mediados del siglo XX, una vez finalizada la II Guerra Mundial, momento a partir del cual se opera una profunda transformación del papel del Estado con relación a la sociedad civil y el sistema de protección de derechos y libertades públicas, pasando de un concepto caritativo que producía beneficencia a un concepto de solidaridad que produce derechos sociales.
Esta presencia cada vez más activa de la Administración en la vida de los ciudadanos, esta intervención necesaria para garantizar los derechos produce una relación de dependencia hacia la propia administración y en no pocos casos una situación de cierta indefensión ante los actos administrativos. Así lo entiende la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión, integrada en la Constitución Europea, que consagra en su artículo 101 el derecho a “una buena administración” que comprende el derecho que toda persona tiene a que “las instituciones, órganos y organismos traten sus asuntos imparcial y equitativamente, y dentro de un plazo razonable”. Para garantizar este derecho la Unión Europea instituyo la figura del Defensor del Pueblo Europeo que aparece recogida en el artículo 103 del texto de la Constitución Europea.
En el ámbito del Consejo de Europa, asimismo se han venido adoptando, en los últimos años, diversas resoluciones y recomendaciones en la que instan a los países miembros a potenciar estas figuras al considerar que contribuyen decisivamente, de una parte, a reforzar el sistema de protección de los derechos y libertades de la ciudadanía y, por otra, a facilitar y mejorar las relaciones entre ésta y las administraciones públicas. Recientemente el Parlamento Europeo ha aprobado un Código de Buena Conducta Administrativa de aplicación a todos los países miembros.
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